HECHOS PROBADOS:
PRIMERO.- Probado y así se declara que a lo largo de este tiempo presente de indicativo la procesada y en compañía de sus besos se dirigieron al hogar de la persona que escribe esta sentencia.
En el momento en que me disponía a salir de mis temores, de mi desastre particular, desde el salón, a la terraza de mi casa, tú entraste en aquél el llamado AMOR, forcejeando toda posibilidad de ser cotidiano. Durante dicho forcejeo la acusada comenzó a golpearme a base de confianza, de juegos imposibles o de una apuesta basada en no llamar durante cuatro días. Por otro lado, propinándome un primer golpe por la espalda, para, seguidamente, golpearme varias veces en distintas partes del cuerpo, momento que aproveché para acercarme y echarte de menos.
Mientras era golpeado con cafés a corta distancia, la acusada se cercioraba de saber comprenderme y valorar el tiempo recorrido por ambos. Seguidamente, la víctima, que soy yo, me acerqué a la puerta y, con el propósito de empezar una revolución, que se encontraba aproximadamente a un metro de distancia, te arrastré hacia el ascensor y lo hicimos. No completamente, pero fuimos uno.
Estando impedido durante todo el tiempo que te echo de menos, de mis ocupaciones habituales, requiriendo de ingreso hospitalario me han quedado las siguientes secuelas:
a) Lecturas de libros poco sanos, ordenándolos por orden alfabético para no ver en ellos tu nombre.
b) Condenar tu cruce de piernas, el descosido de tus caricias mientras el mundo se derrumbaba, la caída de tu cabello hacia el lado izquierdo provocando nenúfares de deseo a tu paso.
c) Desear que la banda deje de tocar esas canciones que tanto te gustan, que los raíles del ferrocarril se fundan, que la aurora se postule como nuestro confidente y que quizá encontrarnos haya sido la utopía más hermosa desde que nos besamos delante de la Sorbona.
d) Señalar, cerrando los ojos, y repasar con mis dedos la pantalla del teléfono y sentir el contorno de esos labios, el surco de tus mejillas que componen lo especial de esa fotografía que me enviaste.
e) Recordar aquellos platos donde comimos, volcamos el vino y devolvimos mientras las luces cruce eran sinónimo de nuestros abrazos sin planificarlos.
Por todo ello, La Audiencia dicta el siguiente pronunciamiento:
FALLO: Que DEBEMOS ABSOLVER Y ABSOLVEMOS al día que te conocí y me atreví a decirte: “Gracias por seguirme”.
Y DEBEMOS CONDENAR Y CONDENAMOS a la acusada, como autora criminalmente responsable, de un delito de pasión con alevosía en grado de tentativa previsto y penado en los artículos de mi hogar, tu hogar futuro en relación con un crimen de allanamiento de revolución, a las penas de refugio diario y trinchera durante el tiempo que desees.
Y es que esta historia, mi vida, me lleva a momentos de enajenación obligándome a sentenciarte dulcemente y a ofrecerte un amor… de aquí a la eternidad.
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